Armado con estos conocimientos cruciales, puede navegar con confianza por las complejidades del sistema tributario de EE.UU. como titular de una tarjeta verde, tomando el control de sus obligaciones financieras.
Fiscalidad mundial
Comprender la fiscalidad mundial es crucial para los titulares de la Tarjeta Verde. Significa que, como titular de una Tarjeta Verde, está sujeto a la fiscalidad estadounidense sobre sus ingresos globales. Esto incluye los ingresos procedentes de todas las fuentes fuera y dentro de EE.UU., que deben declararse al Servicio de Impuestos Internos (IRS). En otras palabras, el titular de una tarjeta verde debe declarar al IRS tanto sus ingresos en EE.UU. como en el extranjero. La red fiscal estadounidense es bastante amplia, ya que incluye los bienes e ingresos de los titulares de la Carta Verde fuera de Estados Unidos. Por el contrario, las personas físicas no residentes suelen estar sujetas a tributación en Estados Unidos sólo por determinados conceptos o tipos de ingresos.
Volviendo a la tributación mundial. La tributación mundial de los ingresos de los titulares de una tarjeta verde tiene excepciones. Una de ellas excluye ciertos ingresos obtenidos en el extranjero y los dividendos pagados por filiales extranjeras al diez por ciento de los accionistas corporativos nacionales de los ingresos no comprendidos en la subparte F. Lo mejor sería aprovechar la exclusión de los ingresos obtenidos en el extranjero siempre que sea posible, ya que se aplica a muchos titulares de la tarjeta verde que residen en el extranjero.
El fundamento de la tributación mundial de los titulares de la Carta Verde reside en la autoridad legal del gobierno de EE.UU., no en la Constitución de EE.UU..
Uno de los problemas más importantes de la fiscalidad de los titulares de la Carta Verde es la posibilidad de doble imposición. Esto puede ocurrir debido a personas y transacciones que cruzan fronteras, y es un aspecto crucial a tener en cuenta.
Me saltaré la explicación detallada de la definición de personas físicas no residentes en este artículo. Recuerde que un titular de Carta Verde siempre se clasifica como residente fiscal en EE.UU., al igual que un ciudadano estadounidense según las normas del impuesto sobre la renta de EE.UU.. Como usted sabe, los titulares de la Carta Verde pueden recibir un trato diferente al de los ciudadanos de EE.UU. en virtud de las normas del impuesto sobre donaciones y sucesiones de EE.UU.. Los detalles de esta diferencia quedan fuera del alcance de este blog. Cuando tenga preguntas sobre donaciones y herencias como titular de una tarjeta verde, consulte con un profesional cualificado para asegurarse de obtener las respuestas precisas, ya que son ligeramente diferentes de las de los ciudadanos estadounidenses.
Transacciones transfronterizas a tener en cuenta
La notificación exacta de las transacciones transfronterizas es de suma importancia para los titulares de la tarjeta verde. Transacciones como la venta de propiedades en el extranjero, la transferencia de dinero a EE.UU. o los tratos comerciales con entidades extranjeras deben notificarse con precisión para evitar posibles problemas.
Mantenerse al día sobre los umbrales del IRS para informar de estas transacciones es esencial para evitar omisiones involuntarias. Sin embargo, no se puede exagerar el valor de trabajar con un profesional fiscal que entienda los matices de la fiscalidad transfronteriza. Puede proporcionarle la tranquilidad y confianza que necesita en estas situaciones.
Basándome en mi experiencia, estos son los tipos de transacciones con los que debe tener cuidado:
1. Recibe una pensión extranjera, dividendos, intereses y plusvalías. Debe considerar el impacto de los créditos fiscales extranjeros.
2. 2. Posee al menos el diez por ciento de las acciones de la sociedad extranjera, medido en votos o valor. Debe preocuparse por la declaración de su titularidad de acciones extranjeras.
3. Usted es un accionista residente en EE.UU. o uno de los accionistas residentes en EE.UU. que poseen más del 50 por ciento de las acciones de una empresa extranjera, medido por el voto o el valor en cualquier día durante el año fiscal de la corporación. Usted puede obtener impuestos sobre su parte de los ingresos obtenidos por la sociedad extranjera.
4. Usted es el propietario de la sociedad de inversión extranjera pasiva (PFIC). Una sociedad extranjera es una PFIC si el 75 por ciento o más de sus ingresos brutos del ejercicio fiscal consiste en ingresos pasivos (prueba de ingresos pasivos). Una sociedad extranjera también es una PFIC si el porcentaje medio del valor justo de mercado o de la base ajustada de sus activos productores de ingresos pasivos representa al menos el 50 por ciento del valor o de la base ajustada, según corresponda, de todos los activos de la entidad. Debe preocuparse tanto de la declaración como de las posibles repercusiones sobre los ingresos.
Es imposible describir estas normas en detalle aquí, pero debe ser consciente de las señales de alarma.
Declaración de cuentas financieras en el extranjero
Supongamos que tiene un interés financiero o autoridad de firma sobre cuentas financieras en el extranjero, incluidas cuentas bancarias, cuentas de corretaje, fondos de inversión o fideicomisos. En ese caso, es posible que tenga que presentar un informe de cuentas bancarias y financieras en el extranjero (FBAR). Para los titulares de una tarjeta verde, los requisitos del FBAR son estrictos y su incumplimiento puede acarrear importantes sanciones.
Debe presentar un FBAR por cada año natural durante el cual el importe total de la cuenta o cuentas en el extranjero supere los 10.000 dólares estadounidenses en cualquier momento del año natural.
Es fundamental comprender que las sanciones por no presentar un FBAR pueden ser graves. En caso de infracción intencionada, la sanción puede alcanzar los 100.000 dólares o el 50% del saldo de la cuenta. Las infracciones no dolosas conllevan una sanción de hasta 12.500 dólares. Esto subraya la urgencia y la importancia de cumplir las normas.
Además, si alcanza el umbral de declaración, es posible que tenga que presentar el formulario 8938, Declaración de activos financieros extranjeros especificados. Es importante diferenciar entre los requisitos FBAR y FATCA e informar en consecuencia.
El umbral de declaración es si el valor agregado de todos los activos financieros extranjeros especificados de la persona supera los 50.000 dólares (o una cantidad en dólares superior a 50.000 dólares, según prescriba el IRS).
Donaciones y herencias en el extranjero
Recibir un regalo o una herencia de una persona extranjera puede tener implicaciones fiscales para los titulares de la Carta Verde. El IRS tiene requisitos específicos de información para tales regalos y herencias, y es esencial entenderlos para evitar sanciones. El objetivo principal de este formulario es informar al IRS de que el recibo no es un ingreso, sino un regalo.
Los regalos de una persona extranjera que superen una determinada cantidad deben declararse en el formulario 3520. Es vital ser consciente de este umbral y asegurarse de que se presentan todos los formularios necesarios para mantener el cumplimiento de las leyes fiscales estadounidenses.
El formulario no requiere información detallada. En cambio, requiere que el contribuyente informe si el donante extranjero es un individuo, corporación, sociedad o patrimonio y si el donante extranjero actuó como nominado o intermediario para otra persona. El IRS exige una breve descripción de los bienes recibidos. El Departamento de EE.UU. puede verse obligado a facilitar información adicional al IRS si éste la solicita.
El umbral actual es de 100.000 dólares anuales, y el contribuyente tiene que identificar por separado cada donación agregada superior a 5.000 dólares de un extranjero no residente. Como sabe, existe un umbral mucho más bajo para las donaciones de empresas o sociedades extranjeras.
Las sanciones pueden llegar al 25% de las cantidades recibidas. Si no presenta el formulario 3520 a tiempo, solicite al IRS su declaración de causa razonable del retraso. En general, es difícil reducir la multa en este momento.
Impuesto de salida de EE.UU.
Si decide renunciar a su Tarjeta Verde, puede estar sujeto al Impuesto de Salida de EE.UU. (U.S. Exit Tax). Este impuesto de expatriación se aplica a los residentes de larga duración considerados "expatriados cubiertos".
Para ser residente de larga duración, primero debe haber tenido la Tarjeta Verde durante al menos ocho años en los últimos 15 años. Un día al año como titular de la Tarjeta Verde cuenta como un año a estos efectos. Una vez que sea residente de larga duración, deberá superar las tres pruebas siguientes:
1. El impuesto sobre la renta neta media del individuo (tal como se define para el período de cinco ejercicios fiscales que finalizan antes de la fecha de la pérdida de la Tarjeta Verde es más significativo que $ 201,000 para 2024. (indexado a la inflación)
2. A partir de esa fecha, El patrimonio neto del individuo es de $ 2,000,000 o más.
3. El individuo no certifica bajo pena de perjurio que ha cumplido con los requisitos del Código para los cinco años fiscales anteriores o no presenta evidencia de su cumplimiento según lo requiera el SIF.
Usted es un expatriado cubierto si cumple alguna de las pruebas anteriores. Una vez que se convierta en un expatriado cubierto, es posible que se le apliquen normas e impuestos diferentes.
Es fundamental determinar si entra en esta categoría y qué activos están sujetos al impuesto. Una planificación adecuada y la consulta con un profesional fiscal pueden ayudar a mitigar el impacto del Impuesto de Salida.
Su planificación a medida
Convertirse en titular de la Carta Verde es un paso monumental para un profesional transfronterizo como usted. Esa decisión cambiará el curso de su vida. A mí me cambió la vida. Obtuve mi Tarjeta Verde a los 30 años mientras trabajaba para una gran empresa internacional de contabilidad. Cambió mi vida, mi perspectiva y a los miembros de mi familia. Afectó a toda mi familia, incluidos mis padres que viven en mi país de origen.
Sólo se vive una vez, y la vida es corta desde una perspectiva. Quieres gestionar tu vida transfronteriza sabiamente para ti y para los miembros de tu familia. Por eso la planificación es un factor esencial para usted.
La planificación fiscal para los titulares de la Carta Verde debe personalizarse para adaptarse a las circunstancias individuales. Esto significa tener en cuenta factores como la duración de la residencia en EE.UU., los vínculos con su país de origen y los planes para vivir o trabajar en el extranjero.
Contratar a un asesor fiscal que pueda adaptar una estrategia fiscal a su situación puede ser una inversión inteligente. Pueden ayudarle a optimizar su situación fiscal, garantizar el cumplimiento y planificar cualquier eventualidad, como la decisión de regresar a su país de origen o jubilarse en el extranjero.
No dude en comentar mi blog a continuación. Agradezco sus comentarios.
Descargo de responsabilidad
Esta guía tiene carácter meramente informativo y no constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Los contribuyentes deben consultar con un profesional fiscal cualificado para obtener asesoramiento adaptado a sus circunstancias específicas. CHI Border no se responsabiliza de los errores u omisiones, ni de las medidas adoptadas sobre la base de esta información.